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Derecho público chileno

DictamenN° 54 de 20142 ene 2014

Liquidación final de contrato de obra pública y falta de antecedentes de respaldo

Fecha
2 de enero de 2014
Materia
Obras públicas y concesiones
Descriptores
vialidad, liquidación final de contrato, reajustes
Cita
Dictamen N° 54 de 2014

Resumen

La Contraloría se abstiene de dar curso a la resolución que aprueba la liquidación final por no acompañarse evaluaciones ni certificados de ensaye de ciertos ítem y antecedentes de la multa técnica, y por no advertirse las razones jurídicas del cálculo de reajustes del acero.

Sumario de la Contraloría

Representa la resolución Nº 932, de 2013, de la Dirección de Vialidad

Texto íntegro

N° 54 Fecha: 02-I-2014 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución Nº 932, de 2013, de la Dirección de Vialidad, que aprueba la liquidación final del contrato “Reposición Ruta 5, Sector Chañaral – Límite II Región, Tramo Km. 976 al Km. 1.002; Comuna de Chañaral, Provincia de Chañaral, Región de Atacama”, por cuanto no se han acompañado las evaluaciones ni los certificados de ensaye relativos a los ítem N os 407-2, 408-2, 501-4 y 501-6, así como tampoco los antecedentes de respaldo que justifiquen la multa técnica aplicada en el estado de pago N° 18.

Por otra parte, para la determinación de los reajustes si bien se utilizaron los índices que comunica oficialmente la Dirección de Planeamiento -de acuerdo a lo previsto en el punto 7.14.3 de las bases tipo, aprobadas por la resolución N° 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas-, no se advierten las razones y los argumentos jurídicos por los cuales en la resolución exenta N° 835, de 2012, de la aludida Dirección de Planeamiento, se dispuso que en el caso del acero el cálculo respectivo se efectuara sobre la base del valor del Índice de Precios al por Mayor asignado a dicho insumo en el mes de septiembre de 2011, y no el valor del último mes informado conforme a dicho índice, correspondiente al mes de diciembre de ese año.

Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación