Cursa con alcance resolución de la Dirección de Previsión de Carabineros que concede pensión de montepío a viuda de ex Gendarme fallecido en acto de servicio
- Fecha
- 24 de septiembre de 2009
- Fuentes legales
- ley 18961 art/71, dfl 2/68 inter art/120, ley 19195 art/1 dto 412/91 carab
- Descriptores
- beneficio viuda gendarme fallecido acto de servicio
- Cita
- Dictamen N° 52.883 de 2009
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 9.290 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 52.883 Fecha: 24-IX-2009 La Contraloría General de la República ha dado curso a la resolución N° 250, de 2009, de la Dirección de Previsión de Carabineros, que concede pensión de montepío a doña nombre reservado, RUN N° RUT reservado, viuda de don nombre reservado, RUN N° RUT reservado, ex Gendarme del Servicio de Gendarmería de Chile, fallecido en acto de servicio, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que en virtud a lo establecido en el artículo 1° de la ley N° 19.195, el personal de las Plantas de Oficiales y Vigilantes Penitenciarios de Gendarmería de Chile quedará sujeto al régimen previsional y de término de carrera que rija para el personal de Carabineros de Chile, con excepción del desahucio.
Sin perjuicio de lo anterior, se debe precisar que en los artículos 71 de la ley N° 18.961, y 120 del decreto con fuerza de ley (I) N° 2, de 1968, preceptúa que el montepío del personal fallecido a consecuencia de un acto del servicio se liquidará o reajustará, según proceda, sobre la base del 100% de las remuneraciones del grado superior al correspondiente sueldo de que gozaba o le podría corresponder al causante; cualesquiera que sean sus años de servicios.
Con todo y de acuerdo a lo señalado en el dictamen N° 9.290, de 2009, de este Organismo Contralor, se deberá reliquidar el presente beneficio en conformidad a lo resuelto en el oficio señalado, y no como se viene efectuando en la resolución en estudio.
Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo señalado.
Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Subjefe Subdivisión de Seguridad Social División de Toma de Razón y Registro