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Derecho público chileno

DictamenN° 52.592 de 201615 jul 2016

Desempeño en corporaciones municipales para el pago de trienios de profesionales funcionarios

Fecha
15 de julio de 2016
Materia
Municipalidades y administración local y regional
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 19664 art/30, ley 19664 art/31 inc/1, ley 19378 art/2 lt/b
Descriptores
corporación municipal, asignación de antigüedad, profesional de la salud
Cita
Dictamen N° 52.592 de 2016

Resumen

Contraloría concluye que procede reconocer los años trabajados en una corporación municipal para el pago de la asignación de antigüedad, al ser válidas esas labores conforme al artículo 31 de la ley N° 19.664.

Sumario de la Contraloría

Desempeño como profesional funcionario en corporaciones municipales, es útil para el pago de trienios

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 52.592 Fecha: 15-VII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, profesional funcionaria del Hospital del Salvador, solicitando que se le reconozcan los años que trabajó en la Corporación Municipal de San Joaquín, para efectos del pago de la asignación de antigüedad, medida en trienios.

Sobre el particular, cabe recordar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la ley N° 19.664, los profesionales funcionarios percibirán el referido emolumento, como un reconocimiento a su permanencia en los servicios de salud, el que se otorgará por cada tres años de desempeño.

Por su parte, el artículo 31, inciso primero, de ese cuerpo normativo, agrega que también serán válidos para tal efecto, en lo atinente, las labores prestadas como profesional funcionario, en cualquier calidad jurídica, en los organismos considerados en la ley N° 19.378, dentro de los que se comprenden las corporaciones municipales, acorde con lo previsto en el artículo 2°, letra b), de este último texto legal, siempre que sean acreditados a través de cualquier medio de prueba admisible en derecho, tal como se ha informado en el dictamen N° 75.599, de 2015, de este origen.

De esta manera, dado que la recurrente ha acompañado fotocopia simple de un certificado emitido por la mencionada corporación municipal, que comprueba el desempeño a que alude, procede que este le sea reconocido por su empleador, para el pago del estipendio en estudio.

Transcríbase a la interesada.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante