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Derecho público chileno

DictamenN° 52.534 de 201227 ago 2012

Reapertura de sumario afinado debe solicitarse ante autoridad haciendo valer nuevos antecedentes que permitan alterar sustancialmente lo resuelto

Fecha
27 de agosto de 2012
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
reapertura de sumario
Cita
Dictamen N° 52.534 de 2012

Relaciones

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Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 52.534 Fecha: 27-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, funcionaria de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, para solicitar que se revise el sumario administrativo en el que se le aplicó la medida disciplinaria de multa de un 10% de su remuneración mensual, ya que, a su juicio, dicha sanción se habría basado en un procedimiento que adolecería de vicios de legalidad.

Sobre el particular, cabe anotar, que según los registros de esta Entidad Fiscalizadora, mediante la resolución N° 152, de 2011, del citado organismo, se aplicó a la requirente la anotada sanción, instrumento que fue tomado razón por no advertirse irregularidades que afectaran su validez.

Establecido lo anterior, resulta menester indicar que esta Entidad Fiscalizadora ha resuelto, entre otros, en el dictamen N° 74.487, de 2011, que la sanción impuesta a un servidor público no puede ser modificada una vez tomado razón el acto administrativo que la materializa, a menos que, previa reapertura del proceso sumarial, se acredite en forma inequívoca que al momento de emitirse se incurrió en un vicio de legalidad, o bien que existen hechos nuevos, no conocidos y cuya magnitud es tal que permiten alterar sustancialmente lo resuelto por la autoridad sancionadora.

De esta forma, en el evento que la recurrente estime que existen nuevos antecedentes que cumplan con las condiciones antes reseñadas, corresponde que se dirija directamente ante la propia autoridad administrativa que emitió el acto que controvierte, solicitando la reapertura de la investigación, por lo que se desestima su requerimiento.

nombre reservado

Contralor General de la República