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Derecho público chileno

DictamenN° 52.470 de 201227 ago 2012

No procede dejar sin efecto retiro temporal de Gendarmería de Chile, atendida la extemporaneidad de la petición

Fecha
27 de agosto de 2012
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Fuentes legales
ley 18834 art/160, dfl 1791/79 justi art/1
Descriptores
Gendarmería, retiro temporal, petición extemporánea
Cita
Dictamen N° 52.470 de 2012

Texto íntegro

N° 52.470 Fecha: 27-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, exfuncionario de Gendarmería de Chile, asistido por los señores nombre reservado, nombre reservadoöller Morris y Pablo Camilo Villar Maureira, abogados, para solicitar, por las razones que expone, se deje sin efecto su retiro temporal.

Requerido su informe, la mencionada repartición informó, en síntesis, que el alejamiento del peticionario se ajustaría a la normativa que regula la materia.

Sobre el particular, cabe manifestar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 160 de la ley N° 18.834 -aplicable en la especie, en virtud de lo previsto en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia-, que los funcionarios de la referida institución penitenciaria pueden reclamar de su cese, ante esta Entidad de Control, dentro del plazo de diez días hábiles desde que tuvieron conocimiento de la resolución que dispuso su eliminación, requisito que no se cumple en la especie.

En efecto, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el recurrente, con fecha 22 de febrero de 2011, fue notificado del total trámite de la resolución que dispuso su desvinculación, reclamando de tal medida, ante esta Contraloría General, el día 30 de abril de 2012, esto es, una vez transcurrido el aludido lapso de diez días, razón por la cual la petición del señor nombre reservado, en orden a que se deje sin efecto su retiro temporal, resulta extemporánea.

nombre reservado

Contralor General de la República