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Derecho público chileno

DictamenN° 51.424 de 201612 jul 2016

Eliminación de datos personales de base de jurisprudencia por sanción disciplinaria cumplida

Fecha
12 de julio de 2016
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 19628 art/21
Descriptores
Contraloría General de la República, facultades CGR, presentaciones de particulares, tratamiento de datos personales
Cita
Dictamen N° 51.424 de 2016

Resumen

Se acoge el retiro de los datos personales del recurrente contenidos en un dictamen publicado en la base de jurisprudencia, por encontrarse cumplida la sanción disciplinaria, conforme al artículo 21 de la ley N° 19.628.

Sumario de la Contraloría

Se accede a la eliminación de datos que indica de la base de jurisprudencia de esta Contraloría General por concurrir causal legal que se precisa

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 51.424 Fecha: 12-VII-2016 El requirente, individualizado en la referencia del caso, ha solicitado a esta Contraloría General el retiro de la información relativa a sus datos personales contenida en el dictamen N° 71.258, de 1979, publicado en la base de jurisprudencia mantenida en la página web de esta Institución Fiscalizadora. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 21 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, dispone que los “organismos públicos que sometan a tratamiento datos personales relativos a condenas por delitos, infracciones administrativas o faltas disciplinarias, no podrán comunicarlos una vez prescrita la acción penal o administrativa, o cumplida o prescrita la sanción o la pena”. Ahora bien, atendido que, de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista, la sanción disciplinaria aplicada al interesado, que se menciona en el dictamen en cuestión, se encuentra cumplida, se ha procedido a eliminar tales datos, acogiendo su requerimiento. No obstante lo expuesto, cumple hacer presente que el sitio web Google se asocia a un motor de búsqueda que recaba información de distintas bases de datos de carácter público, entre las cuales se encuentra el sitio electrónico de esta Entidad de Control, sin que este Organismo Fiscalizador tenga intervención alguna en tal proceso (aplica dictamen N° 43.267, de 2015, de este origen). Transcríbase a la Unidad de Publicaciones y Bases de Jurisprudencia. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante