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Derecho público chileno

DictamenN° 51.101 de 20101 sep 2010

Sanción disciplinaria a exfuncionario de Gendarmería cesado antes de iniciarse el sumario

Fecha
1 de septiembre de 2010
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Fuentes legales
ley 18834 art/157 lt/b, dfl 29/2004 hacie
Descriptores
medida disciplinaria ex funcionario, Gendarmería
Cita
Dictamen N° 51.101 de 2010

Resumen

Se representa la resolución que aplica censura, pues al incoarse el sumario el inculpado ya había cesado por renuncia voluntaria y no tenía la calidad de funcionario público, lo que hace improcedente perseguir su responsabilidad administrativa.

Sumario de la Contraloría

Representa resolución 1177/2010, de Gendarmería de Chile, que aplica medida disciplinaria que indica

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 51.101 Fecha: 01-IX-2010 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 1.177, de 2010, de Gendarmería de Chile, que aplica la medida disciplinaria de censura a don nombre reservado, cuyo nombre correcto es Johnn nombre reservado, como consecuencia del sumario administrativo ordenado instruir mediante resolución exenta N° 4.963, de 2007, del Director Nacional de Gendarmería de Chile, por no encontrarse ajustada a derecho.

Sobre el particular, cumple informar que del análisis del expediente adjunto se desprende que el acto administrativo citado en último término se dictó el 6 de diciembre de 2007, en circunstancias que de acuerdo con los registros de este Organismo de Control, el inculpado cesó en sus funciones el 1° de mayo de ese mismo año, conforme a lo dispuesto en el decreto N° 422, de 2007, del Ministerio de Justicia, que aceptó su renuncia voluntaria a contar de dicha data, documento tomado razón con fecha 23 de noviembre de 2007, de manera que al momento de incoarse el proceso sumarial en examen, el señor nombre reservado ya no tenía la calidad de funcionario público, resultando improcedente perseguir su responsabilidad administrativa, conforme a lo prescrito en el artículo 157, letra b), de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y a lo precisado por el dictamen N° 34.922, de 2010, de este origen.

En consecuencia, y por el motivo señalado, se representa el acto administrativo indicado.

nombre reservado

Contralor General de la República