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Derecho público chileno

DictamenN° 50.802 de 201111 ago 2011

Devolución de cotizaciones descontadas indebidamente para el Fondo de Seguro Social

Fecha
11 de agosto de 2011
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Descriptores
devolución de cotizaciones fondo de seguro social
Cita
Dictamen N° 50.802 de 2011

Resumen

La Tesorería General de la República debe restituir a la funcionaria las sumas deducidas indebidamente, tras acreditarse los descuentos efectuados por el Servicio de Salud.

Sumario de la Contraloría

Sobre devolución a funcionaria del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente de sumas que importan cotizaciones descontadas en forma indebida para ser enteradas al Fondo de Seguro Social

Texto íntegro

N° 50.802 Fecha: 11-VIII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General por oficio N° 499, de 2011, el Director del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, para informar las cantidades que le fueron descontadas en forma indebida a la persona individualizada en el rubro, por concepto de cotizaciones para el Fondo de Seguro Social, por el período comprendido entre enero de 2005 y octubre de 2010.

Al respecto, cumple con expresar que mediante el oficio N° 19.479, de 2011, este Organismo de Control concluyó que procedía devolver las sumas descontadas a la interesada para el Fondo de Seguro Social, y considerando que el citado Servicio de Salud ha acreditado, en esta oportunidad, que efectivamente dedujo de sus remuneraciones montos destinados a ese fin, procede que la Tesorería General de la República, a través de la Tesorería Provincial de La Florida, restituya a la afectada la suma de $814.444, según lo informado en el mencionado oficio N° 499, de 2011, cuya copia se adjunta.

nombre reservado

Contralor General de la República