Cursa con alcance dto 405/2011, del Ministerio de Justicia, que nombra a Director Nacional del Servicio de Regitro Civil e Identificación
- Fecha
- 10 de agosto de 2011
- Fuentes legales
- ley 19882 art/quincuagésimo séptimo, dto 352/2011 hacie, ley 18882 art/sexagésimo quinto, dto 757/2008 hacie, ley 18575 art/55
- Descriptores
- alta dirección pública, porcentaje de asignación, fecha declaración jurada
- Cita
- Dictamen N° 50.484 de 2011
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 999 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 50.484 Fecha:10-VIII-2011 Esta Contraloría General ha dado curso al decreto N° 405, de 2011, del Ministerio de Justicia, mediante el cual se nombra a don nombre reservado como Director Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, -cargo afecto al Sistema de Alta Dirección Pública- desde el 30 de mayo de 2011, pero cumple con hacer presente que dicha designación rige hasta el 30 de mayo de 2014, esto es, hasta que se cumpla el período de tres años, conforme a lo prescrito en el artículo quincuagésimo séptimo de la ley N° 19.882.
Por otra parte, dable es manifestar que, de acuerdo con lo señalado en el decreto N° 352, de 2011, del Ministerio de Hacienda, el porcentaje de asignación de alta dirección pública para el mencionado cargo es de 87%, lo que se ha omitido indicar en el texto del acto administrativo en estudio, como lo exige el artículo sexagésimo quinto de la citada ley N° 19.882.
Asimismo, el interesado tendrá derecho a percibir la mencionada asignación en el porcentaje señalado a contar de la total tramitación del decreto indicado, esto es, el 3 de junio de 2011, fecha de la toma de razón del mismo, correspondiéndole hasta esa data y por tal beneficio remuneratorio el porcentaje fijado en el decreto N° 757, de 2008, del Ministerio de Hacienda, esto es, un 85%.
Finalmente, y atendido que la declaración jurada acompañada por el señor nombre reservado con el objeto de dar cumplimiento, entre otras, a la exigencia establecida en el artículo 55 de la ley N° 18.575, no indica fecha, este Organismo de Control entiende que ella fue suscrita con anterioridad a la data de asunción de funciones.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento señalado. nombre reservado
Contralor General de la República