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Derecho público chileno

DictamenN° 49.715 de 20118 ago 2011

Concesión marítima solicitada por sucesión no se ajusta a la petición formulada

Fecha
8 de agosto de 2011
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Fuentes legales
dto 2/2005 Defen art/17
Descriptores
concesión marítima, trámite de legalidad
Cita
Dictamen N° 49.715 de 2011

Resumen

Se representa el decreto que otorga la concesión, pues no consta que los interesados la hubieran solicitado en esos términos; solo comparecen como sucesión para continuar gozando de la concesión hasta su término.

Sumario de la Contraloría

Representa decreto 37/2011 del Ministerio de Defensa sobre concesión marítima

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 49.715 Fecha: 08-VIII-2011 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 37, de 2011, del Ministerio de Defensa Nacional, que otorga la concesión marítima que indica hasta el 31 de diciembre de 2015, por cuanto no se ajusta a derecho.

En efecto, cabe señalar que en el respectivo expediente administrativo, no consta que las personas a las cuales se les otorga la concesión la hubiesen solicitado en los términos en que se les concede, por cuanto sólo comparecen como sucesión de doña nombre reservado, ejerciendo el derecho que les reconoce el artículo 17 del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, para continuar gozando de la concesión de terreno de playa de que era titular y que ampara el uso de la mejora fiscal respectiva hasta la fecha de término de la misma, que en este caso era hasta el 31 de diciembre de 2009.

En consecuencia, no se encuentra fundada la medida que se adopta en el expediente administrativo que se acompaña, correspondiendo que la autoridad atienda la petición que le fue presentada por los interesados en los términos requeridos, sin perjuicio que éstos puedan acceder a una nueva concesión marítima, cumpliendo con el procedimiento y con todos los requisitos que para una solicitud de otorgamiento prescribe la normativa.

En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo señalado.

nombre reservado

Contralor General de la República