Desahucio de exfuncionario del Hospital de San Felipe ya otorgado a su titular
- Fecha
- 1 de julio de 2014
- Fuentes legales
- dfl 338/60 art/103
- Descriptores
- desahucio
- Cita
- Dictamen N° 49.300 de 2014
Resumen
Se desestima la solicitud de la recurrente porque el desahucio ya fue otorgado al causante en 1984, conforme al artículo 103 del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960.
Sumario de la Contraloría
No procede otorgar el desahucio establecido en el decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, a don nombre reservado, RUN N° RUT reservado
Texto íntegro
N° 49.300 Fecha: 01-VII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, RUN N° RUT reservado, hija de la persona individualizada en el rubro, para solicitar el desahucio que le correspondió a su padre, fallecido el 4 de febrero de 1994, por los servicios prestados en el Hospital de San Felipe entre los años 1951 y 1984. Sobre el particular, cumple con manifestar que el desahucio impetrado fue otorgado al señor nombre reservado mediante la liquidación giro N° 349, de 1984, de la Contraloría Regional de Valparaíso, en su calidad de exchofer, grado 22 de la escala única de sueldos, más 30% de bienios, del citado establecimiento hospitalario, por un monto de $329.760, equivalentes a el máximo de veinticuatro mensualidades, en conformidad con el artículo 103 del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960. Por lo tanto, se desestima la petición de la recurrente y se devuelve adjunta la solicitud de desahucio. Saluda atentamente a Ud. nombre reservado
Contralor General de la República