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Derecho público chileno

DictamenN° 49.258 de 20141 jul 2014

Incumplimiento de dictamen sobre opción del artículo 16 de la ley N° 19.234 por exonerado político

Fecha
1 de julio de 2014
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Descriptores
IPS, cumplimiento dictamen
Cita
Dictamen N° 49.258 de 2014

Resumen

El Instituto de Previsión Social deberá regularizar a la brevedad la situación previsional del recurrente e informarlo a la Contraloría en sesenta días, tras haberse tomado razón de la resolución que dio cumplimiento al dictamen anterior.

Sumario de la Contraloría

Instituto de Previsión Social deberá regularizar la situación del recurrente en los términos indicados, dando cuenta de ello a este órgano contralor

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Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 49.258 Fecha: 01-VII-2014 La Contraloría Regional de Coquimbo ha remitido a esta Sede Central una presentación de don nombre reservado, exonerado político, quien reclama porque el Instituto de Previsión Social no habría cumplido el dictamen N° 54.013, de 2010, de este origen.

Requerido su informe, el aludido organismo previsional expresó que se encontraba a la espera de la emisión de la resolución pertinente por parte de la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

A su vez, la referida oficina indicó que la anotada Secretaría de Estado dictó la resolución N° 2.644 de 2013, en conformidad con lo resuelto por esta Entidad de Control en el mencionado pronunciamiento, haciendo presente que una vez firmado dicho acto administrativo, el correspondiente expediente debía regresar a ese instituto para determinar el beneficio del peticionario, por lo cual sugiere consultar a este directamente.

Como cuestión previa, es del caso consignar que el citado dictamen N° 54.013, de 2010, concluyó que el señalado instituto debía efectuar los cálculos pertinentes, notificando al señor nombre reservado para que ejerciera el derecho a opción del artículo 16 de la ley N° 19.234, y, en el caso que correspondiere, se le otorgaran las dos pensiones no contributivas a las que se refiere el pronunciamiento en cuestión.

Precisado lo anterior, es dable señalar que consta que se efectuó el trámite de toma de razón de la aludida resolución 2.644, de 2013 -en virtud de la cual se dio cumplimiento a lo resuelto en el antes indicado dictamen-, con fecha 29 de enero de 2014.

Por lo tanto, con el mérito de lo expuesto, es dable manifestar que ese organismo deberá regularizar, a la brevedad, la situación previsional del señor nombre reservado, informando de ello a esta Institución Fiscalizadora, en el plazo de sesenta días contados desde la emisión del presente oficio.

Transcríbase a la Contraloría Regional de Coquimbo, a la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, al interesado y a la Unidad de Seguimiento de la División de Auditoría Administrativa de esta Entidad de Control.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República