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Derecho público chileno

DictamenN° 48.859 de 20129 ago 2012

Sobre exoneración de responsabilidad civil de funcionario de Carabineros de Chile en virtud de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336

Fecha
9 de agosto de 2012
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Carabineros, exoneración de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 48.859 de 2012

Texto íntegro

N° 48.859 Fecha: 09-VIII-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-2390, de cargo de la 46ª Comisaría Macul, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor nombre reservado, a objeto de que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél.

Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 12 de febrero de 2011, el aludido servidor se desplazaba en el referido móvil por calle Exequiel Fernández, en dirección al sur, y al llegar a la intersección con Avenida Departamental, en la comuna de Macul, de forma imprevista un grupo de personas comenzó a lanzar piedras al citado vehículo, generándole diversos daños en su estructura.

Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 225, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, rolante a fojas 65 a 67 del expediente, ascendieron a la suma de $1.219.439, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, es menester expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el móvil fiscal RP-2390.

nombre reservado

Contralor General de la República