Cursa con alcances la resolución N° 310, de 2016, del Hospital Doctor nombre reservado
- Fecha
- 1 de julio de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, contratos de servicios, licitación
- Cita
- Dictamen N° 48.756 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 32.190 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 48.756 Fecha: 01-VII-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que llama a licitación pública y aprueba las bases administrativas, técnicas y sus respectivos anexos, para la contratación de servicios de horas de anestesistas para el Hospital doctor nombre reservado, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante lo señalado, cumple con manifestar que la acreditación de la especialidad médica de los profesionales a los que se convoca, a que se alude en la cláusula 9.1.3 de las bases administrativas, y en el apartado “Anestesista externo que integra equipo clínico” de las bases técnicas, puede efectuarse a través de cualquiera de los mecanismos que, para tal efecto, contempla nuestro ordenamiento jurídico, en especial, por las vías previstas por el decreto N° 8, de 2013, del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento de certificación de las especialidades de los prestadores individuales de salud y de las entidades que las otorgan, mencionado en el pliego de la especie.
Corresponde puntualizar que lo expresado anteriormente debe ser precisado en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración.
Del mismo modo, es necesario advertir que ese centro de salud, en lo sucesivo, deberá inutilizar, con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco de los instrumentos que se remitan para toma de razón, tal como se ha manifestado, entre otros, en los dictámenes N°s. 56.503, de 2008, y 32.190, de 2016.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución en análisis.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante