Pago de asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo a personal de salud municipal
- Fecha
- 3 de septiembre de 2009
- Fuentes legales
- Ley 19378, ley 19813
- Descriptores
- Mun, atención primaria, pago asignaciones
- Cita
- Dictamen N° 48.729 de 2009
Resumen
Contraloría concluye que el municipio debe pagar a la brevedad el beneficio adeudado e informar de ello, tras remitir los oficios sobre la situación planteada.
Sumario de la Contraloría
Sobre pago de la asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo de funcionario regido por ley 19378
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 22.999 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 48.729 Fecha: 03-IX-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, enfermero, dependiente del Departamento de Salud Municipal de El Bosque, reclamando en contra de la entidad edilicia, por cuanto no se le habría pagado la asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo, que la ley N° 19.813 establece para el personal afecto a la ley N° 19.378. Sobre el particular, cumple este Organismo de Control con remitir, para su conocimiento y fines que procedan, fotocopia de los oficios N°s 400/69/274 y 507, ambos de 2009, del Alcalde del referido municipio y de la Subdirectora de Administración y Finanzas de la aludida unidad municipal, respectivamente, que se refieren a la situación por usted planteada. Sin perjuicio de ello, corresponde que esa entidad edilicia proceda a la brevedad a efectuar el pago del beneficio pecuniario adeudado, de lo cual deberá informar a este Ente de Fiscalización.
Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Subcontralor General