Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 48.725 de 20112 ago 2011

Falta de notificación de sanciones disciplinarias en sumario de la Dirección Nacional de Vialidad

Fecha
2 de agosto de 2011
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Fuentes legales
ley 18834 art/131, ley 18834 art/140, ley 19880 art/47
Descriptores
sumario, medidas disciplinarias, falta de notificación
Cita
Dictamen N° 48.725 de 2011

Resumen

Contraloría se abstiene de tomar razón de la resolución que aplica multas y censura porque no consta la notificación de la resolución interna sancionatoria a tres funcionarios, lo que afecta su derecho a defensa.

Sumario de la Contraloría

Sobre abstencion de tomar razón de resolución que aplica medidas disciplinarias en sumario que indica

Texto íntegro

N° 48.725 Fecha : 02-VIII-2011 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón de la resolución 382, de 2011, de la Dirección Nacional de Vialidad, que aprueba el proceso sumarial ordenado instruir mediante la resolución exenta N ° 69, de 2008, de la citada institución, y que dispone las medidas disciplinarias de multa de un 20% y de un 5% de la remuneración mensual y de censura, a los funcionarios que indica, respectivamente, por cuanto no se ajusta a derecho, toda vez que no consta que la resolución interna N° 3.446, de 2010, que aplica las referidas sanciones, haya sido notificada a don nombre reservado, a don nombre reservado y a doña nombre reservado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 131, en relación con el artículo 140, ambos de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo.

Cabe hacer presente, además, que al contrario de lo que acontece en relación con el funcionario nombre reservado, quien interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio, en contra de la citada resolución interna N° 3.446, de 2010, no se advierte que los tres servidores antes nombrados hayan efectuado posteriormente alguna actuación en el proceso que permita tenerlos por notificados tácitamente de la aludida resolución interna, según lo previsto en el artículo 47 de la ley N° 19.880, de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, lo que importa, en último término, afectar el derecho a defensa de los inculpados.

En mérito de lo señalado, se representa la resolución indicada.

nombre reservado

Contralor General de la República