Sobre negativa a entregar información relativa al plan regulador metropolitano de Valparaíso que señala
- Fecha
- 9 de agosto de 2012
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 20285 art/primero art/31
- Descriptores
- PRM Valparaíso, entrega de información, resolución negativa, Consejo para la Transparencia
- Cita
- Dictamen N° 48.647 de 2012
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 77.158 de 2013
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 68.314 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N°48.647 Fecha: 09-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, por si y en representación, según expone, de la sociedad Inmobiliaria Ritoque Ltda., quien junto con señalar que solicitó la entrega de una serie de antecedentes correspondientes a la confección y aprobación del Plan Regulador Metropolitano de Valparaíso, al Gobierno Regional de Valparaíso, y que dicho organismo hasta la fecha no ha dado cumplimiento a lo solicitado, requiere que se determinen las responsabilidades derivadas de tal negativa y que se Ie proporcione copia de los documentos que indica.
AI respecto, cumple esta Entidad de Control con manifestar, en relación con la primera solicitud, que de conformidad a lo dispuesto en el artículo primero de la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, que aprobó la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, cuyo articulo 31 creó el Consejo para la Transparencia, dicho organismo es el encargado de resolver los reclamos relativos a la falta de respuesta a una solicitud de información efectuada al amparo del mencionado derecho, luego de haber sido requerida la información, según el procedimiento que establece la referida ley (aplica dictamen N° 68.314, de 2009).
Enseguida, y sin perjuicio de lo anterior, considerando que dicho instrumento de planificación territorial -aprobado mediante la resolución N° 153, de 2012, del referido Gobierno Regional de Valparaíso- se encuentra actualmente en tramite de control preventivo de juridicidad ante este Organismo de Control, la petición de antecedentes formulada por el recurrente sera atendida a través de la Unidad de Acceso a la Información de esta Entidad de Fiscalización, a la cual se remite copia de esta presentación para tales efectos.
Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe División de Infraestructura y Regulación