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Derecho público chileno

DictamenN° 48.636 de 20093 sep 2009

Reconocimiento de beca de especialización para trienios en la Dirección de Previsión de Carabineros

Fecha
3 de septiembre de 2009
Materia
Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones
Fuentes legales
ley 15076 art/43
Descriptores
trienios, beca de especialización, profesional funcionario
Cita
Dictamen N° 48.636 de 2009

Resumen

Se devuelve sin tramitar la resolución porque no se acredita el certificado de especialista exigido por el artículo 43 de la ley N° 15.076 para reconocer el período de beca con efectos trienales.

Sumario de la Contraloría

Devuelve resolución de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, que acepta renuncia voluntaria de profesional funcionario como Médico Cirujano con 22 horas semanales, y se contrata a la vez con 11 horas semanales a contar del 15 de junio de 2009, con derecho a percibir, entre otras asignaciones, un 150% por concepto de trienios

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 48.636 Fecha: 03-IX-2009 Esta Contraloría General mediante oficio N° 38.195, de 2009, devolvió sin tramitar la resolución N° 190, de 2009, de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, que acepta renuncia voluntaria presentada por doña nombre reservado como Médico Cirujano con 22 horas semanales, y se contrata a la vez con 11 horas semanales a contar del 15 de junio de 2009, con derecho a percibir, entre otras asignaciones, un 150% por concepto de trienios, por cuanto según sus registros dicha profesional no cuenta con el tiempo de servicios necesario para percibir el porcentaje trienal indicado.

Ahora bien, ese establecimiento hospitalario envía nuevamente a retrámite la citada resolución, adjuntando al efecto un certificado de la Pontificia Universidad Católica de Chile en el cual se acredita el tiempo en que la interesada realizó una beca de especialización en dicha Universidad.

Al respecto, cabe hacer presente que de acuerdo con lo prevenido en el artículo 43 de la ley N° 15.076 el período durante el cual la profesional funcionario realizó una beca de especialización puede ser reconocido para efectos trienales siempre que se acredite fehacientemente que se está en posesión del certificado de especialista respectivo, lo que no acontece en la situación en análisis.

Por lo anteriormente expuesto se devuelve nuevamente sin tramitar el instrumento en estudio.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Abogado Jefe Subdivisión de Nombramientos Subrogante División de Toma de Razón y Registro