Diploma de Ingeniero en Administración Pública del Instituto Profesional Valle Central como título profesional
- Fecha
- 9 de febrero de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dfl 1/97 DEFEN art/185 lt/b, dfl 1/97 DEFEN art/186 lt/g
- Descriptores
- títulos y diplomas, asignación de especialidad al grado efectivo, sobresueldo por título profesional
- Cita
- Dictamen N° 4.851 de 2017
Resumen
El diploma reviste la calidad de título profesional, por lo que permite percibir la asignación de especialidad al grado efectivo y el sobresueldo por título profesional, al cumplirse el requisito de poseer dicho título que exige la normativa.
Sumario de la Contraloría
Diploma de Ingeniero en Administración Pública, conferido por el Instituto Profesional Valle Central, permite percibir la asignación de especialidad al grado efectivo y el sobresueldo por título profesional
Relaciones
Este documento se refiere a
- Complementa Dictamen N° 43.041 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 4.851 Fecha: 09-II-2017 Se ha dirigido esta Contraloría General la Jefa de la División de Educación Superior del Ministerio de Educación, complementando el informe evacuado con motivo de la presentación del Comando de Personal del Ejército, ingresada como referencia N° 185.425, de 2016, la cual fue atendida mediante el dictamen N° 43.041, de la misma anualidad, de este origen, manifestando, en esta oportunidad, en síntesis, que el diploma por el que se consultó tiene la calidad de un título profesional.
Como cuestión previa, cabe recordar que en dicha petición, el anotado comando solicitó que se determinará si el título de Ingeniero en Administración Pública, otorgado por el Instituto Profesional Valle Central, en el año 2012, permitía recibir la asignación de especialidad al grado efectivo y el sobresueldo por título profesional.
Sobre el particular, es útil indicar que el artículo 185, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, prescribe, en lo pertinente, que el personal afecto a la escala de remuneraciones de las Fuerzas Armadas podrá percibir una asignación mensual de especialidad al grado efectivo, al igual que los empleados civiles profesionales universitarios y el personal a contrata profesionales universitarios, encasillados o nombrados según corresponda, en los grados que menciona.
Asimismo, el artículo 186, letra g), del citado texto legal, dispone, en lo que interesa, que los servidores que señala, con título profesional universitario, que desempeñen funciones propias de su profesión y cumplan una jornada de 44 horas semanales, tendrán derecho a un sobresueldo equivalente al monto que dicho precepto establece.
Por consiguiente, en atención a que de la mencionada normativa, se advierte que para gozar de los aludidos beneficios económicos, es necesario poseer un título profesional, calidad que reviste el diploma de Ingeniero en Administración Pública, otorgado por el Instituto Profesional Valle Central, cabe concluir que este es útil para acceder a los estipendios por los que el Comando de Personal consultó.
Compleméntese, en los términos expresados en el presente oficio, el dictamen N° 43.041, de 2016, de esta Contraloría General.
Transcríbase a la División de Educación Superior del Ministerio de Educación.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal