Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 48.317 de 20111 ago 2011

Peticionaria tiene derecho al pago de las labores que cumplió, aun cuando no se haya formalizado su designación, por no acreditar el cumplimiento de los requisitos…

Fecha
1 de agosto de 2011
Materia
Contratación de personal (contrata, honorarios, planta)
Descriptores
Principio retributivo, desempeño efectivo labores, pago
Cita
Dictamen N° 48.317 de 2011

Sumario

Peticionaria tiene derecho al pago de las labores que cumplió, aun cuando no se haya formalizado su designación, por no acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para desempeñar el cargo

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 48.317 Fecha: 01-VIII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, para reclamar en contra del Hospital de Talagante, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, por el no pago de las labores que cumplió en ese establecimiento durante el lapso que indica.

Requerido de informe, el aludido recinto hospitalario proporcionó los antecedentes correspondientes a través de correo electrónico, precisando que la peticionaria desarrolló tareas de aseo en calidad de reemplazo desde el 5 de marzo al 5 de abril del año 2010, y que al serle solicitada la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de las exigencias para servir el empleo, ésta no la acompañó, lo que impidió que se tramitara su contratación, por lo que no se generó el pago de las remuneraciones pertinentes. Al respecto, y concordante con lo informado por el Servicio, cabe señalar que de los registros de esta Entidad de Control no aparece que se haya formalizado la contratación de la interesada, no obstante lo cual, y en el evento de que ella haya realizado algún desempeño efectivo durante el período señalado por la autoridad, le asiste el derecho a los estipendios por el tiempo laborado, según el criterio contenido, entre otros, en los dictámenes N os 65.193, de 2009 y 36.107, de 2010, de este Órgano de Control, en razón del principio retributivo que caracteriza a la función pública, procediendo que se dé curso al pago de aquellos en el más breve plazo.

nombre reservado

Contralor General de la República