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Derecho público chileno

DictamenN° 48.310 de 20128 ago 2012

Sobre exoneración de responsabilidad civil en virtud del artículo 62 de la ley N° 10.336

Fecha
8 de agosto de 2012
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
Responsabilidad civil, exoneración, daños
Cita
Dictamen N° 48.310 de 2012

Texto íntegro

N° 48.310 Fecha: 08-VIII-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo del extravío de un bastón retráctil y el deterioro de otra especie similar, de cargo de la 1ª Comisaría Iquique, que se encontraban bajo la custodia de los señores nombre reservado y nombre reservado, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquéllos.

Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 9 de abril de 2011, los aludidos servidores efectuaban un patrullaje preventivo por calle Sagasca, y al llegar a calle Pampa Aerolito, en la ciudad de Iquique, se encontraron con un grupo aproximado de 40 personas que participaban de una riña en la vía pública, los que comenzaron a agredir al personal policial, por lo que se produjo un forcejeo con aquéllos, resultando extraviado el bastón que portaba el señor nombre reservado, y dañado el que usaba el señor nombre reservado.

Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 633, de 2011, del Departamento Armamento y Municiones, que rola a fojas 19 de autos, ascendieron a la suma total de US$60 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (equivalente a $28.395, a la data de pérdida y deterioro de los mencionados bienes).

Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que al término del sumario que para estos efectos se incoare, se acredite que el detrimento o extravío de aquél no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito estima procedente exonerar de responsabilidad civil a los funcionarios de Carabineros, señores nombre reservado y nombre reservado, por la pérdida y deterioro del bastón retráctil que portaban, respectivamente.

nombre reservado

Contralor General de la República