Prescripción del desahucio del DFL N°338 y devolución de cotizaciones al Fondo de Seguro Social
- Fecha
- 27 de junio de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dfl 338/60 art/382
- Descriptores
- Desahucio dfl 338/60, prescripción, devolución cotizaciones
- Cita
- Dictamen N° 47.816 de 2014
Resumen
Se desestima la petición: el derecho al desahucio prescribió por el transcurso de cinco años desde el cese de funciones, y no procede devolver las cotizaciones porque se incorporan a un fondo común.
Sumario de la Contraloría
Derecho a solicitar el desahucio establecido en el decreto con fuerza de ley N°338, de 1960, prescribe en el plazo de cinco años y no corresponde la devolución de las cotizaciones efectuadas en el fondo de seguro social
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 5.371 de 2020
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 36.144 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 47.816 Fecha: 27-VI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, RUN N° RUT reservado, para solicitar el pago del desahucio que indica, al que estima tener derecho por los servicios prestados en la Tesorería General de la República entre los años 1976 y 1978. En caso de no acogerse su petición, requiere la devolución de las respectivas imposiciones. Sobre el particular, cumple con manifestar que el interesado tuvo derecho al indicado beneficio al producirse su cese de funciones el 21 de marzo de 1978, cuyo cobro debió exigir dentro de los cinco años posteriores a dicha data, al cabo de los cuales prescribió el derecho a reclamarlo, acorde con el artículo 382 del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960. Por otra parte, no cabe la devolución de las cotizaciones enteradas en el Fondo de Seguro Social, que financia el desahucio fiscal, toda vez que, como se manifestó en el dictamen N° 36.144, de 2009, de esta procedencia, dichas imposiciones se incorporan a un fondo común, motivo por el cual no es posible su retiro. Por lo tanto, se desestima la petición del señor nombre reservado. Saluda atentamente a Ud. nombre reservado
Contralor General de la República