Condonación de deuda por remuneraciones percibidas por exfuncionario de Gendarmería
- Fecha
- 27 de junio de 2014
- Fuentes legales
- ley 10336 art/67
- Descriptores
- Gendarmería, cargo pecuniario funcionario
- Cita
- Dictamen N° 47.525 de 2014
Resumen
No procede la condonación solicitada, pues los alumnos becarios no tienen la calidad de funcionarios públicos exigida para ejercer esa facultad; Gendarmería debe cobrar la suma adeudada.
Sumario de la Contraloría
Registra cargo pecuniario de exfuncionario de Gendarmería de Chile y ordena cobro de la suma correspondiente
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 14.483 de 2014
- Aplica Dictamen N° 71.749 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 47.525 Fecha: 27-VI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, exfuncionario de Gendarmería de Chile y actual alumno becario de su escuela, solicitando la condonación de la suma de $ 508.363 que adeuda, por haber percibido íntegramente las remuneraciones correspondientes a marzo de 2013, en circunstancias que cesó en sus funciones, por renuncia voluntaria, a contar del día 4 de ese mes, para ingresar al curso de aspirante de oficiales. Ahora bien, considerando que los alumnos becarios de esa institución no revisten la calidad de funcionarios públicos, de acuerdo a las conclusiones establecidas, entre otros, en los dictámenes N°s. 71.749, de 2012, y 14.483, de 2014, ambos de este origen, la cual es un requisito indispensable para ejercer las facultades previstas en el artículo 67 de la ley N° 10.336, no procede aplicar este procedimiento en el asunto planteado. Por lo anterior, aquella entidad penitenciaria deberá adoptar las medidas pertinentes para el cobro de la referida cantidad, por las vías que procedan, de lo que deberá informar oportunamente a este Organismo Fiscalizador, el que ha procedido, en el intertanto, a registrar el cargo pecuniario en contra del señor nombre reservado. Transcríbase a Gendarmería de Chile.
nombre reservado
Contralor General de la República