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Derecho público chileno

DictamenN° 47.036 de 201624 jun 2016

Policía de Investigaciones de Chile debe reabrir sumario administrativo, con el objeto de formular adecuadamente cargos a los funcionarios inculpados

Fecha
24 de junio de 2016
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dto 1/82 DEFEN art/53
Descriptores
INVEST, responsabilidad administrativa, sumario administrativo, reapertura, formulación de cargos
Cita
Dictamen N° 47.036 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 47.036 Fecha: 24-VI-2016 La Policía de Investigaciones de Chile ha remitido el reclamo de sus funcionarios, señores nombre reservado y nombre reservado, quienes de conformidad con lo prescrito en el artículo 53 del decreto N° 1, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Sumarios Administrativos e Investigaciones Sumarias, impugnan las medidas de separación y de baja por mala conducta que se les aplicaron, respectivamente.

En primer término, en cuanto a que uno de los cargos formulados sería genérico y ambiguo, lo que, a juicio de aquéllos, constituye un vicio que incidiría en la legalidad de los castigos que se les impusieron, es menester consignar, con arreglo a lo manifestado en los dictámenes N os 13.576, de 2013 y 20.824, de 2016, de este Órgano Fiscalizador, entre otros, que el objetivo que se persigue con el anotado trámite es presentar claramente el actuar anómalo que se reprocha, de manera que el inculpado tenga la posibilidad de defenderse, exigencia que no se cumplió en la especie.

Al respecto, se debe señalar que tales imputaciones fueron formuladas en distintas oportunidades a lo largo del procedimiento en estudio, rolantes a fojas 451 a 454; 507 a 509; 530 y 531 -en esta ocasión sólo para el señor nombre reservado- y 802 a 805 de autos, dentro de las cuales se consideró como conducta anómala el haber prestado, en horario laboral, servicios de seguridad a un particular, utilizando un vehículo institucional, de cuya lectura se advierte que carece de la necesaria precisión para su adecuada inteligencia, ya que no se indican las fechas y horas en que se habrían realizado esos servicios, ni tampoco se individualiza el móvil fiscal empleado con ese objeto, lo que, por ende, dificultó la defensa de los afectados.

De esta manera, esta Contraloría General acoge los recursos de reclamación interpuestos por los señores nombre reservado e nombre reservado, correspondiendo que la superioridad de la Policía de Investigaciones de Chile ordene la reapertura del sumario administrativo de que se trata, con la finalidad de corregir la anomalía descrita, sin perjuicio de los demás trámites que procedan.

En consideración a lo expresado, se estima innecesario pronunciarse sobre las restantes alegaciones efectuadas por los recurrentes.

Transcríbase a los señores nombre reservado y nombre reservado.

Devuélvase el expediente sumarial acompañado, compuesto de cuatro tomos.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República