Condonación de deuda por rechazo de licencias médicas luego autorizadas por COMPIN
- Fecha
- 26 de junio de 2014
- Fuentes legales
- Ley 10336 art/67
- Descriptores
- Condonación, rechazo, licencias médicas
- Cita
- Dictamen N° 47.035 de 2014
Resumen
No procede emitir pronunciamiento, pues la COMPIN autorizó íntegramente las licencias rechazadas y la situación remuneratoria de la recurrente quedó solucionada.
Sumario de la Contraloría
Sobre solicitud de condonación de deuda originada por el rechazo de licencias médicas, posteriormente autorizadas por la comisión de medicina preventiva e invalidez
Texto íntegro
N° 47.035 Fecha: 26-VI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, funcionaria del Complejo Hospitalario San José, del Servicio de Salud Metropolitano Norte, solicitando acogerse a los beneficios establecidos en el artículo 67 de la ley N° 10.336, para el reintegro de la cantidad de $ 512.688 que adeudaría, por el rechazo de licencias médicas (2) de las que hizo uso entre el 11 de octubre y el 9 de noviembre de 2012.
Al respecto, cumple con manifestar que, de acuerdo a lo informado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región Metropolitana, consta que fue acogida la reclamación deducida por la solicitante ante la Subcomisión Norte de esa institución, considerando justificado el aludido reposo y autorizando en su totalidad las licencias médicas en principio rechazadas.
En atención a lo expuesto, la situación remuneratoria de la señora nombre reservado se encuentra actualmente solucionada, por lo que no procede emitir el pronunciamiento requerido.
Transcríbase al Complejo Hospitalario San José, del Servicio de Salud Metropolitano Norte.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República