Sobre exoneración de responsabilidad civil
- Fecha
- 24 de junio de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- facultades cgr, exoneraciones de responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 47.026 de 2016
Texto íntegro
N° 47.026 Fecha: 24-VI-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en la camioneta fiscal AP-1697, conducida por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 1 de agosto de 2013, ese servidor, acompañado de otro empleado, mientras fiscalizaba a dos personas en el interior del fundo El Fiscal, ubicado en la comuna de Collipulli, se percató que desde el panel del referido móvil emanaba humo, para, posteriormente, comenzar a incendiarse, logrando aquél apagar el fuego.
Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 47, de 2015, de la Zonal de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos Temuco, ascendieron a la suma de $2.187.220, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.
Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños causados en la camioneta fiscal AP-1697.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República