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Derecho público chileno

DictamenN° 46.944 de 201512 jun 2015

Reintegro de diferencias salariales pagadas retroactivamente en municipio

Fecha
12 de junio de 2015
Materia
Administración financiera, presupuesto y rendición de cuentas
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
facultades Contraloría General, examen y rendición de cuentas, condonaciones, facilidades y reintegros
Cita
Dictamen N° 46.944 de 2015

Resumen

Se acoge la reconsideración parcial y se deja sin efecto el deber de reintegrar la suma observada, al verificarse que correspondió a un pago retroactivo por aumento de remuneración dispuesto en decreto alcaldicio no adjuntado en la auditoría.

Sumario de la Contraloría

Reconsidera parcialmente el dictamen N° 13.976, de 2015, en los términos que indica

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 46.944 Fecha: 12-VI-2015 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General doña nombre reservado, solicitando, por las razones que expone, la reconsideración parcial del dictamen N° 13.976, de 2015, en aquella parte que mantuvo la observación contenida en el Ítem II, Examen de cuentas, punto 2.5.5 “Diferencia en sueldo base”, del Informe Final N° 57, de 2013 -sobre auditoría al Fondo de Apoyo al Mejoramiento de la Gestión Municipal de Educación y al proceso de remuneraciones y administración de personal, en el Departamento de Educación de la Municipalidad de Huechuraba-, relativa a la obligación de reintegrar la suma de $75.000, que recibiera en junio de 2012. Al respecto, sostiene la recurrente que el aludido monto corresponde al aumento permanente de su remuneración ordenado mediante el decreto N° 1.433, de 2012, que no había sido enterado en mayo de ese año. Requerido de informe, el municipio manifestó, en lo que importa, que es efectivo lo afirmado por la interesada. Sobre el particular, cabe señalar que de la revisión realizada en esta ocasión, se ha podido establecer que la referida cantidad, percibida por la funcionaria ya individualizada en junio de 2012, correspondió a un pago retroactivo que regularizó el dispuesto para mayo de tal año, de conformidad con el decreto alcaldicio N° 1.433, de la misma anualidad -no adjuntado por el ente comunal con oportunidad de la auditoría practicada-, a través del cual se aprobó, a contar del día 1 de ese último mes, un aumento de la remuneración bruta mensual de la señora nombre reservado ascendente a $75.000. En mérito de lo anterior, se acoge la solicitud de reconsideración parcial del dictamen N° 13.976, de 2015, dejando sin efecto el deber de la interesada de reintegrar la suma de $75.000 que se le enterara en junio de 2012, y en lo pertinente, la observación contenida en el punto 2.5.5 del Ítem II, Examen de cuentas, del mencionado Informe Final N° 57, de 2013. Transcríbase a la recurrente y a la Subdivisión de Auditoría e Inspección de la División de Municipalidades de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante