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Derecho público chileno

DictamenN° 46.809 de 201125 jul 2011

Representa decreto 1131/2011, de la Universidad de Santiago de Chile, que autoriza renovación parcial de prestación de servicios con la empresa TELMEX SERVICIOS…

Fecha
25 de julio de 2011
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Fuentes legales
ley 18575 art/9, ley 19886 art/8, dto 250/2004 Hacie art/10
Descriptores
USACH, contrato, prestación de servicios, renovación parcial
Cita
Dictamen N° 46.809 de 2011

Sumario

Representa decreto 1131/2011, de la Universidad de Santiago de Chile, que autoriza renovación parcial de prestación de servicios con la empresa TELMEX SERVICIOS EMPRESARIALES S. A., y aprueba addendum de prórroga de contrato

Relaciones

Este documento se refiere a

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Texto íntegro

N° 46.809 Fecha : 25-VII-2011 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 1131, de 2011, de la Universidad de Santiago de Chile, que autoriza renovación parcial de prestación de servicios con la empresa TELMEX SERVICIOS EMPRESARIALES S. A., y aprueba addendum de prórroga de contrato.

Sobre el particular, cabe señalar que el decreto N° 226, de 2010, de esa Casa de Estudios Superiores, que aprobó el convenio que ahora se viene renovando, fue cursado con alcance a través del oficio N° 43.009, de 2010, en el cual se expresa que se tomó razón del decreto, sólo con la finalidad de regularizar el contrato que ya se estaba ejecutando y que había sido aprobado por resolución exenta N° 3.501, de 2007, de esa Universidad, dejando subsistentes las observaciones contenidas en el oficio de representación N° 50.325, de 2009, respecto del mismo acuerdo de voluntades.

De acuerdo a lo anterior, la renovación del contrato tendría como efecto dar validez y vigencia a cláusulas que ya han sido objetadas por esta Contraloría General por contener vicios de legalidad, y que se refieren, entre otras, al hecho de no consignar los fundamentos que justifican la omisión de un procedimiento de licitación pública, en los términos señalados en los artículos 9° de la ley N° 18.575, y 8° de la ley N° 19.886, en relación con el artículo 10 de su reglamento, aprobado por el decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

Asimismo, es importante destacar que en el contrato de leasing, aprobado por el mencionado decreto N° 226, de 2010, de la Universidad de Santiago de Chile, no existen cláusulas que permitan la renovación del convenio en los términos señalados en los considerandos d) y e) del decreto en examen.

Por lo tanto, atendidas las consideraciones expuestas, se devuelve sin tramitar el decreto universitario.

nombre reservado

Contralor General de la República