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Derecho público chileno

DictamenN° 46.253 de 201121 jul 2011

Cursa con alcance decreto 429/2010, del Ministerio de Educación, mediante el cual se distribuyen recursos correspondientes a la Beca Nuevo Milenio del Programa de Becas…

Fecha
21 de julio de 2011
Materia
Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones)
Fuentes legales
ley 18575 art/3 inc/2, ley 18575 art/8, ley 19880 art/7
Descriptores
Beca Nuevo Milenio, Programa de Becas de Educación Superior, estudio de legalidad, oportunidad
Cita
Dictamen N° 46.253 de 2011

Sumario

Cursa con alcance decreto 429/2010, del Ministerio de Educación, mediante el cual se distribuyen recursos correspondientes a la Beca Nuevo Milenio del Programa de Becas de Educación Superior

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Texto íntegro

N° 46.253 Fecha : 21-VII-2011 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto 429, de 2010, del Ministerio de Educación, -mediante el cual se distribuyen recursos correspondientes a la Beca Nuevo Milenio del Programa de Becas de Educación Superior- por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que, no obstante haber sido dictado el 3 de noviembre de 2010 y retirado de tramitación ante este órgano Fiscalizador por el Ministerio de Educación, sólo fue reingresado para su control preventivo de legalidad el 14 de julio de 2011.

La demora señalada, tal como lo ha informado esta Contraloría General, entre otros, en sus dictámenes N 29.179, de 2009; 5.633 y 16.271, ambos de 2011, implica una infracción tanto a lo prevenido en los artículos 3°, inciso segundo, y 8° de la ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado, que imponen a los órganos que la integran, el deber de observar los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia y de accionar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites, como a lo previsto en el artículo 7° de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, referente al principio de celeridad de los actos de las autoridades y funcionarios públicos.

Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo señalado.

nombre reservado

Contralor General de la República