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Derecho público chileno

DictamenN° 46.064 de 201322 jul 2013

Sobreseimiento en sumario ordenado por la Contraloría debe constar en acto afecto a toma de razón

Fecha
22 de julio de 2013
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Fuentes legales
res 1600/2008 contr art/7 num/7/2/3 inc/1
Descriptores
sag, sumario ordenado por contraloría, sobreseimiento, toma de razón
Cita
Dictamen N° 46.064 de 2013

Resumen

El sobreseimiento debe emitirse mediante un documento afecto a toma de razón, no por un acto exento como ocurrió, según la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General.

Sumario de la Contraloría

Proceso sumarial ordenado instruir por la Contraloría General sobreseído por la autoridad está afecto a toma de razón

Texto íntegro

N° 46.064 Fecha: 22-VII-2013 Se ha dirigido a esta Entidad Fiscalizadora doña nombre reservado, administrativa titular, con desempeño en la Dirección Regional de Valparaíso, del Servicio Agrícola y Ganadero, para consultar por el estado de tramitación de la investigación realizada como consecuencia de la denuncia de acoso laboral que efectuó ante la Contraloría Regional de Valparaíso.

Requerida de informe, la Dirección Nacional de la referida institución señaló, en síntesis, que el proceso a que alude la recurrente fue sobreseído mediante resolución exenta N° 7.876, de 2009, de ese origen.

Sobre el particular, es dable anotar que de los antecedentes examinados, aparece que a través del oficio N° 3.783, de 2008, la mencionada Contraloría Regional indicó a la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio Agrícola y Ganadero, que debía disponer la iniciación de un procedimiento sumarial a fin de determinar la veracidad de los hechos expuestos por la peticionaria, a lo que dio cumplimiento dicha repartición.

Al respecto, cabe hacer presente que como resultado de la indagación en comento, no se logró establecer responsabilidad administrativa de funcionarios de esa repartición, determinándose su sobreseimiento.

Sin perjuicio de lo anterior, cumple anotar que de acuerdo con lo previsto en el inciso primero del numeral 7.2.3., del artículo 7° de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General, los sobreseimientos, entre otros, en investigaciones sumarias ordenadas instruir por este Organismo de Control, como sucede con el instrumento terminal a que se aludió, deben emitirse por la autoridad competente a través de un documento afecto a toma de razón, y no de un acto administrativo exento, como ocurrió en el caso en examen, lo que la autoridad tendrá que considerar en lo sucesivo.

nombre reservado

Contralor General de la República