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Derecho público chileno

DictamenN° 4.593 de 201322 ene 2013

Cursa con alcance las resoluciones 415, 416 y 417, de 2012, de la Subsecretaría de Hacienda

Fecha
22 de enero de 2013
Materia
Administración financiera, presupuesto y rendición de cuentas
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 17238 art/6, ley 20422 art/48, dto 1950/70 Hacie, dto 1253/2010 Hacie
Descriptores
HACIE, discapacidad, franquicia aduanera, vehículos
Cita
Dictamen N° 4.593 de 2013

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 4.593 Fecha : 22-I-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a las resoluciones N°s. 415, 416 y 417, de 2012, de la Subsecretaría de Hacienda, que autorizan el despacho de los vehículos que en cada caso se señala de conformidad con la franquicia aduanera contemplada en el artículo 6° de la ley N° 17.238 en relación con el artículo 48 de la ley N° 20.422, por encontrarse ajustados a derecho. No obstante, cabe anotar que no corresponde que ese servicio le exija a las personas con discapacidad que acrediten que se encuentran estudiando, trabajando o en rehabilitación, como ocurrió en los casos en análisis, toda vez que esas exigencias contempladas en la ley N° 17.238 y en su reglamento, aprobado por decreto N° 1.950, de 1970, del Ministerio de Hacienda, han quedado sin aplicación luego de la entrada en vigencia de la ley N° 20.422. Por lo anterior, y como ya se le ha informado en los dictámenes 42.367, 55.466 y 76.045 de 2012, cumple con reiterar que en lo sucesivo, para acceder al beneficio de la especie debe aplicarse el decreto N° 1.253, de 2010, del Ministerio de Hacienda, Reglamento que Determina Procedimientos y Competencias para la Obtención de Beneficios Arancelarios y Tributarios y no el decreto N° 1.950, de 1970, de esa Secretaría de Estado, ya aludido. Con el alcance que antecede se ha tomado razón de los actos administrativos señalados.

Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica