Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 45.463 de 20158 jun 2015

Se abstiene de emitir pronunciamiento y remite la presentación adjunta

Fecha
8 de junio de 2015
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 20305 art/2 num/3, ley 20305 art/3 inc/1, ley 20305 art/3 inc/3, ley 19880 art/14 inc/2
Descriptores
Contraloría General de la República, facultades cgr, abstenciones
Cita
Dictamen N° 45.463 de 2015

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 45.463 Fecha: 08-VI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, exfuncionario de la Dirección de Vialidad, para reclamar que la Superintendencia de Pensiones no ha dado respuesta al oficio emanado de aquel servicio, en el cual se solicita el recálculo de su tasa de reemplazo líquida para poder obtener el bono de la ley N° 20.305.

Sobre el particular, es útil recordar que el artículo 2° de ese texto legal, previene que para acceder al beneficio en comento, será necesario cumplir las exigencias copulativas que establece, entre las cuales se encuentra, en el N° 3, la de tener una tasa de reemplazo líquida igual o inferior a 55%.

Luego, cabe expresar que el inciso primero del artículo 3° del mismo cuerpo normativo, prevé, en lo pertinente, que la entidad encargada de realizar el cómputo del mencionado porcentaje es la Superintendencia de Pensiones. A su turno, el inciso tercero de la disposición citada establece que para esos efectos, la aludida institución deberá solicitar los antecedentes necesarios a las administradoras de fondos de pensiones.

Como puede apreciarse de las normas descritas, la entidad encargada de recabar la información y de realizar el cálculo de la mencionada tasa de reemplazo es la Superintendencia de Pensiones, motivo por el cual, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 14, inciso segundo, de la ley N° 19.880, y a lo indicado en el oficio circular N° 24.143, de 2015, de este origen, que imparte instrucciones para la atención de solicitudes de pronunciamiento jurídico, este Órgano de Control cumple con remitirle la petición adjunta y la documentación acompañada, a fin de que se sirva dar una respuesta directa al ocurrente sobre la materia.

Transcríbase al interesado y a la Contraloría Regional de La Araucanía.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante