Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 45.101 de 201729 dic 2017

Cursa con alcances la resolución N° 1.243, de 2017, del Comando de Ingenieros del Ejército de Chile

Fecha
29 de diciembre de 2017
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
Ley 19886 art/9, DTO 250/2004 hacie art/41
Descriptores
Facultades CGR, toma de razón, contratos de suministro
Cita
Dictamen N° 45.101 de 2017

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 45.101 Fecha: 29-XII-2017 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba el contrato suscrito con la empresa Soluciones Modulares CN S.A. para la adquisición de un campamento de faena para el Cuerpo Militar del Trabajo, por cuanto se ajusta a derecho.

Sin perjuicio de lo anterior, se advierte que la declaración de inadmisibilidad de las propuestas se realizó en la parte considerativa de la resolución exenta N° 1.108, de 2017, de esa institución, que adjudicó el proceso licitatorio de que se trata, lo que no se ajustó a lo previsto en los artículos 9° de la ley N° 19.886 y 41 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, de modo que en lo sucesivo una declaración de esa naturaleza deberá efectuarse en la parte resolutiva del acto administrativo que adjudica el certamen o de otro que se dicte al efecto (aplica criterio contenido en el dictamen N° 76.201, de 2016, de este origen).

Asimismo, cabe hacer presente que se observa que en la correspondiente ficha del portal www.mercadopublico.cl , se ha indicado que la respectiva licitación “No requiere Toma de Razón por Contraloría”, en circunstancias que dicho control resulta obligatorio en estos casos, atendido lo previsto en la resolución N° 1.600, de 2008, de este Órgano Fiscalizador, de manera que esa superioridad deberá arbitrar las medidas necesarias para que en el futuro ese tipo de información se ajuste a lo señalado en la mencionada resolución N° 1.600 (aplica dictamen N° 43.183, de 2017).

Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución de la suma.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Secretaría General Contraloría General de la República