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Derecho público chileno

DictamenN° 44.843 de 201115 jul 2011

Sobre improcedencia de otorgar el desahucio establecido en el dfl 338/60, a persona que indica, por cuanto se incorporó a la Administración Pública encontrándose…

Fecha
15 de julio de 2011
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Descriptores
desahucio, cotizante AFP
Cita
Dictamen N° 44.843 de 2011

Sumario

Sobre improcedencia de otorgar el desahucio establecido en el dfl 338/60, a persona que indica, por cuanto se incorporó a la Administración Pública encontrándose afiliado al régimen previsional del dl 3500/80

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 44.843 Fecha:15-VII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la persona que indica, para solicitar el pago del desahucio a que estima tener derecho, en su calidad de ex Técnico, grado 16, de la Escala Única de Sueldos, del Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente.

Sobre el particular, cumple con manifestar que no es posible acceder a lo requerido, ya que según se desprende de los antecedentes adjuntos, el interesado se incorporó a la Administración Pública a contar del 29 de enero de 1982, por lo cual no le asistió el derecho a efectuar cotizaciones para el Fondo de Seguro Social, toda vez que a esa data se encontraba afiliado al régimen previsional creado por el decreto ley N° 3.500, de 1980, el que no contempla disposiciones sobre desahucio u otros beneficios similares.

Por lo tanto, procede únicamente, en conformidad con lo concluido por este Organismo de Control en sus dictámenes N°s. 50.713, de 2004 y 54.937, de 2009, entre otros, la restitución al peticionario de las cantidades cotizadas indebidamente, entre el 29 de enero de 1982 y el 30 de octubre de 2010, una vez que se adjunte una relación detallada, mes a mes, de los descuentos efectuados por tal concepto, extendida por el Servicio respectivo.

nombre reservado

Contralor General de la República