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Derecho público chileno

DictamenN° 4.479 de 20188 feb 2018

Se abstiene de emitir pronunciamiento y remite la presentación adjunta

Fecha
8 de febrero de 2018
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dl 2758/79 art/14 tran, dfl 1/2758/79 econo art/1, ley 19880 art/14 inc/2
Descriptores
facultades CGR, abstenciones
Cita
Dictamen N° 4.479 de 2018

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 4.479 Fecha: 08-II-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, quien solicita la revisión del concurso interno convocado, en el mes de noviembre de 2015, por la Empresa Nacional de Minería para el desempeño del cargo de Coordinador de Exportaciones, en atención a que la persona seleccionada no habría cumplido con las exigencias contempladas en las bases respectivas.

Sobre el particular, cabe anotar, en concordancia con lo sostenido en los dictámenes N os 8.911, de 1994 y 49.928, de 1999, de este origen, que desde que el decreto ley N° 2.950, de 1979, previno que en las empresas del Estado en que se ejerza la facultad contenida en el artículo 14 transitorio del decreto ley N° 2.758, del mismo año -sobre negociación colectiva-, como ocurrió con la Empresa Nacional de Minería, por expreso mandado del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 1-2.758, de 1979, las reglas que rigen las relaciones de tales organismos serán aquellas aplicables al personal del sector privado.

En este sentido, se debe añadir que en el primero de esos pronunciamientos se manifestó que la interpretación y fiscalización de las normas laborales de los dependientes de empresas estatales afectas a negociación colectiva, compete a la Dirección del Trabajo, lo que sucede en la situación planteada por el reclamante, pues la contratación de una persona es un aspecto netamente laboral.

De esta manera, se remite a esa Dirección del Trabajo la presentación en comento, junto a sus antecedentes, para los fines procedentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14, inciso segundo, de la ley N° 19.880, y con lo indicado en el oficio circular N° 24.143, de 2015, que imparte instrucciones para la atención de solicitudes de pronunciamiento jurídico.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal