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Derecho público chileno

DictamenN° 4.412 de 201516 ene 2015

Cursa con alcances la resolución N° 253, de 2014, de la Dirección General de Obras Públicas

Fecha
16 de enero de 2015
Materia
Obras públicas y concesiones
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
obras públicas
Cita
Dictamen N° 4.412 de 2015

Relaciones

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Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 4.412 Fecha: 16-I-2015 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que adjudica la propuesta pública de la “Asesoría a la Inspección Fiscal para la Explotación de la Obra Vial Concesionada: Alternativas de Acceso a Iquique”, pero cumple con hacer presente que, atendida la época del proceso licitatorio, para el mismo no rige la modificación efectuada mediante la resolución N° 203, de 2014, de la Dirección General de Obras Públicas, al formato tipo de Bases para Contratos de Asesorías a la Inspección Fiscal para Contratos de Obras Públicas Concesionadas, sancionadas por la resolución N° 61, de 2011, de ese Servicio. En otro orden de consideraciones, es menester señalar que la forma de autorización del cambio del personal nominado que regula el N° 13, Núm. 25, del “anexo complementario de bases administrativas” –sancionado por la resolución exenta N° 2.936, de 2014, de la Dirección General de Obras Públicas–, no se condice con lo dispuesto en el citado formato tipo de bases de licitación, por lo que esa Dirección deberá, cuando proceda, otorgar la autorización de que se trata a través del inspector fiscal y no por la “jefatura respectiva”. Asimismo, y atendido lo dispuesto en el numeral 12.1.5, “Lista y Cronograma de Recursos”, del aludido formato tipo, se advierte que en el formulario N° 6 de la oferta técnica, denominado “Cronograma de Recursos Propuesto”, no se consignó la participación de los especialistas a que se refiere el N° 18, Núm. 4, de los términos de referencia –aprobados por la mentada resolución exenta N° 2.936, de 2014–, a pesar de que éstos sí se encuentran considerados en la oferta económica correspondiente, por un total de 100 horas hombre, por lo que ese Servicio deberá adoptar las medidas necesarias para que se refleje dicho personal en el cronograma respectivo (aplica criterio de dictamen N° 100.611, de 2014, de este origen). Finalmente, entiende que, de acuerdo a los antecedentes examinados, el precio unitario para el recurso “movilización”, contemplado en el formulario oferta económica, no comprende todos los vehículos propuestos por mes, sin perjuicio de lo cual, la suma consignada en la columna total, se corresponde con lo ofertado. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante