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Derecho público chileno

DictamenN° 44.111 de 201310 jul 2013

Atendido que el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes acogió el reclamo de la interesada, esta Entidad de Control se abstiene de emitir un pronunciamiento

Fecha
10 de julio de 2013
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Fuentes legales
ley 19880
Descriptores
cnca, abstención reclamo solucionado
Cita
Dictamen N° 44.111 de 2013

Texto íntegro

N° 44.111 Fecha: 10-VII-2013 Doña nombre reservado, en representación de don nombre reservado, reclama en contra de la resolución exenta N° 69, de 2013, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes -CNCA- que desestimó la postulación efectuada por este último al "Fondo para el Fomento de la Música Nacional, Convocatoria 2013", por cuanto la comisión evaluadora no pudo reproducir el CD con el audio que se ofreció al efecto, añadiendo que dicho organismo tampoco dio respuesta al recurso de reposición interpuesto contra tal actuación dentro del plazo que al respecto dispone la ley N° 19.880, debiendo en tal caso tener aplicación el silencio administrativo. Requerido su informe, el aludido consejo manifiesta que la postulación fue rechazada atendido que "el material audiovisual entregado no contiene audio, lo que hace imposible evaluar la calidad de su interpretación", y que por igual motivo, mediante la resolución exenta N° 1575, de 2013, denegó el recurso de reposición interpuesto en contra del anterior acto administrativo. Sin embargo, agrega que la secretaría del referido fondo procedió a revisar nuevamente el CD de audio del postulante y pudo escucharlo al reproducir el archivo con el programa que señala, constatando que cumplió, de esta manera, con el pliego de condiciones, por lo cual se encuentra realizando las gestiones necesarias para invalidar la resolución que desestimó el recurso administrativo de la ocurrente, acogerlo, y disponer que el proyecto sea sometido a evaluación por los mismos especialistas que examinaron los de los demás participantes. Pues bien, atendido que el reclamo de la interesada se encuentra solucionado, esta Contraloría General se abstiene, en esta oportunidad, de emitir un pronunciamiento sobre el particular.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe División Jurídica