Cursa con alcances Res 535/2012 Vialidad, que aprueba antecedentes y acepta la oferta de la empresa que indica para la ejecución del estudio que señala, haciendo…
- Fecha
- 20 de julio de 2012
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- res 1600/2008 contr num/9/5, res 1600/2008 contr art/5, dl 1263/75 art/19 bis
- Descriptores
- Vialidad acepta oferta, naturaleza sociedad
- Cita
- Dictamen N° 43.787 de 2012
Sumario
Cursa con alcances Res 535/2012 Vialidad, que aprueba antecedentes y acepta la oferta de la empresa que indica para la ejecución del estudio que señala, haciendo presente que la adjudicataria tiene el carácter de sociedad de responsabilidad limitada y no de anónima, como se expresa
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 15.899 de 2016
- Aplica Dictamen N° 31.489 de 2013
- Aplica Dictamen N° 26.212 de 2013
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 28.709 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 43.787 Fecha: 20-VII-2012 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 535, de 2012, de la Dirección de Vialidad, que aprueba antecedentes y acepta la oferta de la empresa que indica para la ejecución del “Estudio de Ingeniería Mejoramiento Vías Urbanas y Reposición Puente El Globo en Collipulli, Región de La Araucanía”, pero cumple hacer presente que de la documentación examinada se advierte que, a la fecha, la adjudicataria tiene el carácter de sociedad de responsabilidad limitada, y no de anónima como se expresa en el resuelvo N° 1 del acto de la suma.
Por otra parte, atendido que las bases de concurso que rigieron la licitación fueron aprobadas por resolución exenta, es del caso hacer presente que, en lo sucesivo, para definir el carácter afecto o exento de un acto administrativo que apruebe bases, ese servicio, con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 9.5 de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo Contralor, debe ceñirse al artículo 5° de la misma resolución, en el sentido de que la estimación del gasto a que dé lugar la ulterior contratación ha de fundarse en parámetros objetivos -vgr. monto estimado de inversión del proyecto sometido a evaluación del Ministerio de Desarrollo Social, en conformidad al artículo 19 bis del decreto ley N° 1.263, de 1975-, cuyos antecedentes deben ponerse a disposición de esta Entidad Fiscalizadora (aplica dictamen N° 28.709, de 2010).
Con los alcances que anteceden, se ha dado curso a la resolución señalada.
Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación