Sobre improcedencia de otorgar el desahucio establecido en el decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960 a ex Administrativo, por el tiempo desempeñado en el Servicio de…
- Fecha
- 12 de julio de 2011
- Fuentes legales
- dfl 2/70 traps
- Descriptores
- deshaucio
- Cita
- Dictamen N° 43.763 de 2011
Sumario
Sobre improcedencia de otorgar el desahucio establecido en el decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960 a ex Administrativo, por el tiempo desempeñado en el Servicio de Seguro Social
Texto íntegro
N° 43.763 Fecha:12-VII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, para solicitar el pago del desahucio a que estima tener derecho, en su calidad de ex Administrativo, grado 7, equivalente al grado 26, de la Escala Única de Sueldos, por el tiempo desempeñado en el Servicio de Seguro Social, entre el 18 de mayo de 1972 y el 19 de marzo de 1978.
Sobre el particular, cumple con manifestar que no es posible acceder a lo solicitado, por cuanto de los antecedentes que se han tenido a la vista, se ha podido comprobar que mediante el decreto N° 684 de 1978, de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, ya fue otorgado el desahucio que reclama, por el citado empleo, por un monto ascendente a $17.016,42, equivalente a 6 mensualidades, esto en conformidad. con lo establecido en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1970, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
En mérito de lo expuesto, se desestima la petición del recurrente nombre reservado
Contralor General de la República