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Derecho público chileno

DictamenN° 43.672 de 201112 jul 2011

Sobre exoneración de responsabilidad civil de carabinero acorde el art/62 de la ley 10336, por daños ocasionados a vehículo fiscal

Fecha
12 de julio de 2011
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
exoneración de responsabilidad civil, Carab
Cita
Dictamen N° 43.672 de 2011

Texto íntegro

N° 43.672 Fecha: 12-VII-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-535, de cargo de la 11 a Comisaría Lo Espejo, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor nombre reservado, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél.

Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 10 de mayo de 2010, en los instantes en que el indicado funcionario, junto a otro servidor, efectuaban un control de tránsito en la caletera de la Avenida José Joaquín Prieto, en la comuna de Lo Espejo, el station wagon que era fiscalizado fue chocado por un automóvil particular, cuyo chofer lo hacía bajo la influencia del alcohol, por lo que no se percata de la presencia y proximidad del vehículo que lo antecede detenido en la vía, el cual, a su vez y por proyección, choca al móvil policial que permanecía estacionado en la platabanda de dicha caletera, lo que el Departamento de Investigaciones de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 83, de 2010, que rola a fojas 33 a 37 de autos, estableció como causa basal del accidente .

Tal situación ocasionó un perjuicio al patrimonio fiscal que, según el certificado N° 149, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos dependiente del Departamento de Transportes, que rola a fojas 138 a 140 de autos, ascendió a la suma de $42.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, es menester expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-535.

nombre reservado

Contralor General de la República