Procede que se traspasen a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional las cotizaciones reclamadas
- Fecha
- 19 de julio de 2012
- Descriptores
- traspaso cotizaciones afp a capredena
- Cita
- Dictamen N° 43.651 de 2012
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 46.221 de 2013
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 28.117 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 43.651 Fecha: 19-VII-2012 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General doña nombre reservado, cirujano dentista, ex trabajadora del Centro de Salud y Rehabilitación de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, para solicitar que se traspasen a esta última institución previsional las cotizaciones que registra en una Administradora de Fondos de Pensiones.
Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que mediante el oficio N° 1.124, de 2012, esta Entidad Fiscalizadora concluyó, en lo que interesa, que a la recurrente le asistiría el derecho a que se enteren en la mencionada Caja de Previsión de la Defensa Nacional las imposiciones efectuadas en la correspondiente Administradora de Fondos de Pensiones, por el tiempo en que se desempeñó como funcionaria regulada por las normas del Código de Trabajo, sólo en la medida que haya sido contratada con anterioridad al 11 de noviembre de 1985, de conformidad a la jurisprudencia de este Órgano de Control contenida en el dictamen N° 28.117, de 2009.
Ahora bien, de los documentos acompañados en esta oportunidad por la solicitante, aparece que desde enero de 1985 a marzo de 1990, se le efectuaron cotizaciones bajo el empleador RUT N° RUT reservado, el que, según las verificaciones de rigor, corresponde al aludido organismo previsional de las Fuerzas Armadas, información que concuerda con la proporcionada por la recurrente, por lo que cumple con la exigencia señalada en el párrafo precedente.
En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, procede que esa Caja de Previsión de la Defensa Nacional arbitre las medidas conducentes a obtener el traspaso de las cotizaciones que la señora nombre reservado registra en una Administradora de Fondos de Pensiones, por el período en que se desempeñó en su Centro de Salud, sujeta a las normas del Código del Trabajo, esto es desde enero de 1985 a marzo de 1990.
nombre reservado
Contralor General de la República