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Derecho público chileno

DictamenN° 43.288 de 20151 jun 2015

Rechazo de renuncia de funcionaria a contrata y posterior aceptación y tramitación por el Servicio de Salud

Fecha
1 de junio de 2015
Materia
Contratación de personal (contrata, honorarios, planta)
Fuentes legales
ley 18834 art/146 lt/a, ley 18834 art/147
Descriptores
Estatuto Administrativo General, cese de funciones
Cita
Dictamen N° 43.288 de 2015

Resumen

La situación quedó superada, pues el Servicio de Salud tramitó y aceptó la renuncia de la recurrente, verificándose su alejamiento desde la fecha indicada en la resolución.

Sumario de la Contraloría

Servicio de Salud tramitó y aceptó renuncia presentada por peticionaria, por lo que la situación planteada por ésta se encuentra superada

Texto íntegro

N° 43.288 Fecha: 01-VI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General, la señora nombre reservado, exfuncionaria a contrata del Hospital Clínico San Borja Arriarán, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Central, para reclamar por el rechazo de la renuncia que presentó en el citado establecimiento asistencial, respecto de lo cual este último expresa que la dimisión de la requirente fue aceptada y tramitada oportunamente.

En forma previa, es útil recordar que el artículo 146, letra a), de la ley N° 18.834, prevé que el servidor cesará en su empleo en virtud de la aceptación de su renuncia, agregando el artículo 147 de ese texto estatutario, que la dimisión debe presentarse por escrito y no producirá efecto sino desde la data en que quede totalmente tramitado el pertinente decreto o resolución, a menos que en aquélla se indicare una fecha determinada y así lo disponga la autoridad Enseguida, se debe manifestar que según consta en el Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado -SIAPER-, que mantiene este Organismo Contralor, con fecha 25 de marzo de 2015, el Servicio de Salud Metropolitano Central emitió la resolución N° 2.109, de 2015, de ese origen, que aceptó la renuncia presentada por la recurrente, desde el día 30 de diciembre del año 2014, la que fue tomada razón por esta Entidad Fiscalizadora, por no advertirse vicios en su tramitación.

En este contexto, es dable concluir que la situación expuesta por la peticionaria fue regularizada por el servicio, al dar curso a su dimisión, verificándose su alejamiento a partir de la fecha antes indicada.

Transcríbase al Servicio de Salud Metropolitano Central.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante