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Derecho público chileno

DictamenN° 43.239 de 20151 jun 2015

Exoneración de responsabilidad civil por daños a vehículo fiscal conducido por funcionario de Carabineros

Fecha
1 de junio de 2015
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Contraloría General, facultades, exoneración de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 43.239 de 2015

Resumen

Se exonera de responsabilidad civil al funcionario, al establecerse que el deterioro del furgón fiscal no se debió a su culpa o negligencia, sino a la colisión provocada por un tercero condenado por el siniestro.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Texto íntegro

N° 43.239 Fecha: 01-VI-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños causados en el furgón fiscal Z-6234, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que en la documentación examinada, aparece que el día 19 de septiembre de 2013, ese servidor se desplazaba en el citado móvil por calle Manuel Montt, y al llegar a la intersección con calle Malvoa, en la comuna de Temuco, fue colisionado por un vehículo particular cuyo chofer, en estado de ebriedad, ingresó al cruce de vías sin respetar la señal PARE que enfrentaba, resolviendo el Juzgado de Garantía de la mencionada comuna, en su sentencia de fecha 27 de diciembre de 2013, condenar a ese último conductor como responsable del siniestro de que se trata.

Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 26, de 2014, de la Zonal de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos Temuco, ascendieron a la suma de $1.420.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-6234.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante