Se abstiene de emitir pronunciamiento por la falta de precisión en las peticiones que se formulan y, asimismo, porque no se acompaña el correspondiente informe jurídico…
- Fecha
- 29 de mayo de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Contraloría General de la República, facultades CGR, abstención
- Cita
- Dictamen N° 42.833 de 2015
Sumario
Se abstiene de emitir pronunciamiento por la falta de precisión en las peticiones que se formulan y, asimismo, porque no se acompaña el correspondiente informe jurídico ni los antecedentes necesarios para dictaminar
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 74.284 de 2016
- Aplica Dictamen N° 63.255 de 2016
- Aplica Dictamen N° 16.594 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 42.833 Fecha: 29-V-2015 Esta Entidad de Control debe abstenerse, en esta oportunidad, de informar respecto de las presentaciones efectuadas por la Empresa de Correos de Chile, en orden a que se emita un pronunciamiento sobre la legalidad de los procedimientos utilizados por dicha repartición pública, tanto en la contratación de los servicios de la sociedad Guzmán & Benítez Abogados, como en relación a ciertos contratos suscritos con otros proveedores para la prestación de servicios tecnológicos. Lo anterior, atendido que las consultas en referencia se plantean en términos genéricos, por cuanto no se precisa qué aspectos de tales contrataciones se encuentran en entredicho desde el punto de vista de su juridicidad, ni tampoco, por ende, cuáles son, en concreto, los tópicos respecto de los cuales se pide dictaminar a este Organismo Contralor. En el mismo sentido, es pertinente señalar que las consultas que se formulan a esta Institución Fiscalizadora deben remitirse acompañadas del correspondiente informe en derecho, en el cual ha de consignarse cuál es la opinión jurídica del organismo estatal requirente acerca de la cuestión que es sometida a su conocimiento, exigencia que no se satisface en la especie. Asimismo, es menester que se envíen todos los antecedentes necesarios para resolver adecuadamente el asunto que se plantea, requisito que tampoco ha sido cumplido por la empresa pública recurrente, en especial, en lo que concierne a la presentación relativa a los servicios tecnológicos. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante