Pago de gastos médicos por lesiones sufridas en accidente en acto del servicio en la PDI
- Fecha
- 3 de julio de 2013
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dfl 1/80 DEFEN art/114 inc/3, dfl 2/68 INTER art/132 inc/4
- Descriptores
- exfuncionario pdi, gastos médicos, accidente acto de servicio, cambio causal desvinculación plazo
- Cita
- Dictamen N° 42.422 de 2013
Resumen
La Policía de Investigaciones de Chile debe pagar los gastos médicos por lesiones ocurridas en un accidente en acto del servicio, hasta el alta.
Sumario de la Contraloría
Policía de Investigaciones de Chile debe pagar gastos médicos por lesiones ocurridas en un accidente en acto del servicio, hasta el alta
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 26.784 de 2013
- Aplica Dictamen N° 20.154 de 2013
- Aplica Dictamen N° 19.399 de 2013
- Aplica Dictamen N° 37.093 de 2011
- Aplica Dictamen N° 58.575 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
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