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Derecho público chileno

DictamenN° 42.408 de 20133 jul 2013

Reconsideración de dictamen sobre anteproyecto en Muelle Barón y permiso de edificación

Fecha
3 de julio de 2013
Materia
Procedimiento administrativo y actos administrativos
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/6 inc/3
Descriptores
asunto litigioso
Cita
Dictamen N° 42.408 de 2013

Resumen

Contraloría no reconsidera el dictamen, pues este contiene precisiones generales sobre la normativa urbanística y no constituye un pronunciamiento sobre el permiso de edificación impugnado en sede judicial.

Sumario de la Contraloría

Acerca de la solicitud de reconsideración del dictamen N° 33.426, de 2013

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 42.408 Fecha: 03-VII-2013 Mediante el documento de la referencia, el señor nombre reservado, en representación, según expone, de la Empresa Portuaria Valparaíso, solicita a esta Sede de Control la reconsideración de su dictamen N° 33.426, de 2013, en los aspectos que detalla, siendo de destacar entre éstos el que concierne, en lo sustancial, a que ésta debió abstenerse de emitir las expresiones vertidas en aquél, acorde con lo previsto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, Orgánica de esta Contraloría General, por existir un proceso judicial pendiente.

Sobre el particular, cabe tener presente que el anotado dictamen estableció, en lo que interesa, que respecto del anteproyecto de un centro comercial a desarrollarse en el sector del Muelle Barón -aprobado por la resolución N° 33, de 2011, de la Dirección de Obras Municipales de Valparaíso (DOM)- se advertía que su plazo de vigencia se encontraba vencido, y que no aparecía consignado como antecedente del permiso de edificación N° 79, de 2013, otorgado por esa DOM -relativo al proyecto de alteración, reparación y ampliación de la “Bodega Simón Bolívar” y de obra nueva- en ese sector, por lo que resultaba inoficioso que este Organismo Contralor emitiera un pronunciamiento acerca de la juridicidad de dicho anteproyecto, considerando, por lo demás, que el singularizado permiso de edificación había sido objeto de un reclamo de ilegalidad interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso con el rol de ingreso N° 588-13.

Ahora bien, frente a la presentación que se atiende en esta oportunidad, es menester puntualizar que tal como se indicó en el mismo, el dictamen de que se trata contiene precisiones de orden general acerca de la normativa prevista en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y en su Ordenanza General sobre los tópicos que se señalan, de modo tal que el mismo no constituye un pronunciamiento acerca del citado permiso de edificación N° 79, de 2013, otorgado por la DOM, el que se encuentra impugnado en sede judicial según se apuntó en aquél.

Es cuanto cabe manifestar en relación con la solicitud analizada.

nombre reservado

Contralor General de la República