Complemento a la normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación: cuenta Aporte Familiar Permanente de Marzo
- Fecha
- 12 de junio de 2014
- Descriptores
- Contabilidad General de la Nación, normas complementarias
- Cita
- Dictamen N° 42.332 de 2014
Resumen
Se complementa el oficio circular que contiene el Plan de Cuentas Sector Público, incorporando la cuenta 52212, para contabilizar como Gastos Patrimoniales los hechos económicos del pago de esa asignación, con abono a Acreedores Presupuestarios.
Sumario de la Contraloría
Complementa normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación para el sector público
Texto íntegro
N° 42.332 Fecha: 12-VI-2014 La Contraloría General de la República, en el ejercicio de las atribuciones de carácter normativo que le competen en materia de Contabilidad Pública, ha estimado procedente complementar la normativa que se contiene en el oficio circular N° 60.820, de 2005, de este origen y sus modificaciones, incorporando en el Capítulo Tercero, Plan de Cuentas Sector Público, la cuenta 52212 Aporte Familiar Permanente de Marzo. La modificación señalada obedece a la creación de la asignación presupuestaria 23.02.012 Aporte Familiar Permanente de Marzo, aprobada en el decreto N° 721, del año en curso, del Ministerio de Hacienda, y tiene por objeto permitir que los hechos económicos vinculados al pago de esa asignación se contabilicen como Gastos Patrimoniales en la cuenta que se crea, con abono a la respectiva cuenta del subgrupo 215 Acreedores Presupuestarios. Finalmente, la cuenta que se crea por el presente instructivo rige a contar desde el ejercicio vigente. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República