Título de Ingeniero de Ejecución en Electrónica con mención en Control Automático y Microcomputadores del Instituto Profesional IPEGE habilita para percibir asignación…
- Fecha
- 5 de julio de 2011
- Fuentes legales
- dfl 2/2009 Educa art/54 lt/b, ley 20370, dfl 1/2005 Educa, dl 479/74 art/3
- Descriptores
- Ingeniero de Ejecución en Electrónica con mención en Control Automático y Microcomputadores, Instituto Profesional IPEGE, asignación profesional
- Cita
- Dictamen N° 42.182 de 2011
Sumario
Título de Ingeniero de Ejecución en Electrónica con mención en Control Automático y Microcomputadores del Instituto Profesional IPEGE habilita para percibir asignación profesional
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 26.441 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 42.182 Fecha: 05-VII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, funcionario de la Dirección General de Obras Públicas, para solicitar un pronunciamiento que determine si el diploma de Ingeniero de Ejecución en Electrónica con mención en Control Automático y Microcomputadores, otorgado por el Instituto Profesional IPEGE, reviste el carácter de título profesional habilitante para percibir el beneficio de asignación profesional.
Sobre el particular, es dable manifestar que la letra b) del artículo 54 del D.F.L. N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación -que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, con las normas no derogadas del D.F.L. N° 1, de 2005, del mismo origen-, define al título profesional como el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional.
Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que dicho plantel educacional imparte la carrera de Ingeniería de Ejecución Electrónica con Mención en Control Automático y Microcomputadores, conducente al título profesional de igual denominación.
Enseguida, en cuanto al derecho a gozar de la asignación profesional, cabe hacer presente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, que aquélla favorece a los servidores de las entidades que indica, que cumplan una jornada de 44 horas semanales y acrediten un título profesional otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de un mínimo de seis semestres académicos y 3.200 horas de clases, requisitos, estos últimos que, según lo informado en el dictamen N° 26.441, de 2010, de esta Entidad Fiscalizadora, no son exigibles respecto de las carreras cuya malla curricular sobrepase ese límite, como ocurre en la especie, en que el diploma de que se trata, se obtiene luego de cursar ocho semestres y 4.656 horas de clases.
Por consiguiente, cabe concluir que el diploma de Ingeniero de Ejecución en Electrónica con Mención en Control Automático y Microcomputadores, conferido por el Instituto Profesional IPEGE, reviste el carácter de título profesional, habilitante para percibir la asignación profesional, en la medida, por cierto, que se cumplan los demás requisitos legales establecidos al efecto.
nombre reservado
Contralor General de la República