Se abstiene de emitir pronunciamiento sobre la actividad en la que prestaría colaboración la Corporación Municipal de Deportes y Recreación de Recoleta , por tratarse…
- Fecha
- 10 de junio de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/25, ley 18695 art/136
- Descriptores
- abstención, corporación de derecho privado
- Cita
- Dictamen N° 41.648 de 2014
Sumario
Se abstiene de emitir pronunciamiento sobre la actividad en la que prestaría colaboración la Corporación Municipal de Deportes y Recreación de Recoleta , por tratarse de una corporación de derecho privado, y remite jurisprudencia
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 12.928 de 2012
- Aplica Dictamen N° 80.093 de 2011
- Aplica Dictamen N° 49.048 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 41.648 Fecha: 10-VI-2014 Se ha dirigido a esta Entidad de Control el señor nombre reservado, reclamando en contra de la Municipalidad de Recoleta por haber organizado una actividad denominada “Gran Corrida Familiar, Jornada Mundial Por Aquí Pasó Chávez”, lo que a su juicio, denota una intención proselitista en el actuar municipal. Requerido el municipio, este ha informado que la actividad fue organizada por la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela, y que la Corporación Municipal de Deportes y Recreación de Recoleta, entidad sin fines de lucro, con personalidad jurídica propia y, por lo tanto, autónoma e independiente en su gestión y funcionamiento respecto de la municipalidad, comprometió apoyo logístico y asesoría en la planificación del evento, agregando que, en definitiva, la corrida no se desarrolló porque fue cancelada por el propio organizador. Sobre el particular, cumple con manifestar que, acorde con lo expresado, entre otros, en los dictámenes N°s. 49.048 y 80.093, ambos de 2011, de esta Entidad de Control, en conformidad con los artículos 25 de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, y 136 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, esta se encuentra facultada para fiscalizar a las corporaciones de derecho privado como la de la especie, solo en lo que se refiere al uso y destino de sus recursos. En razón de lo anterior, este Órgano Contralor debe abstenerse de emitir un pronunciamiento acerca de la presentación en análisis. No obstante, para su conocimiento, se remite fotocopia de los dictámenes N°s. 49.048 y 80.093, ambos de 2011, y 12.928, de 2012, jurisprudencia administrativa que se pronuncia sobre el alcance de la competencia de esta Entidad Fiscalizadora respecto a las personas jurídicas de derecho privado como la aludida. Transcríbase a la Municipalidad de Recoleta. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República