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Derecho público chileno

DictamenN° 41.545 de 201410 jun 2014

Funcionario contratado por resolución en Carabineros de Chile puede ser socio del Fondo de Ahorro Habitacional

Fecha
10 de junio de 2014
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dto 407/81 Defen art/5 inc/1, ley 18961 art/7
Descriptores
Carab, Fondo de Ahorro Habitacional, funcionario contratado por resolución
Cita
Dictamen N° 41.545 de 2014

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Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 41.545 Fecha: 10-VI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, funcionario contratado por resolución en Carabineros de Chile, reclamando en contra de la determinación adoptada por esa entidad, en orden a rechazar su solicitud de incorporación al Fondo de Ahorro Habitacional.

Requerido su informe, el aludido organismo manifestó, en síntesis, que el recurrente no satisface la exigencia que le permitiría integrarse a dicho fondo.

Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 5°, inciso primero, del decreto N° 407, de 1981, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento Fondo de Ahorro Habitacional, establece que solo tendrán derecho a ingresar a él, el personal activo, de planta o a contrata.

Al respecto, es útil destacar, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 7° de la ley N° 18.961 y 8° de la orden general N° 1.957, de 2010, de la Dirección General, directiva del personal contratado por resolución, que el General Director posee atribuciones para designar a contrata, por necesidades del servicio, a empleados para el desempeño de determinadas labores y por el lapso o período que en la propia resolución se indique, los que tienen la condición de personal a contrata, conforme con el criterio contenido en el dictamen N° 66.184, de 2013, de este origen.

De lo expuesto, se advierte que el señor nombre reservado reviste una de las calidades que lo faculta para incorporarse al referido fondo, razón por la cual, la jefatura pertinente de Carabineros de Chile deberá adoptar, a la brevedad, las medidas tendientes a regularizar la situación que afecta al interesado.

Transcríbase al señor nombre reservado.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República